Ante la Covid-19: ¿Cuánto cobran los afectados?

La Dirección Provincial de Trabajo en Sancti Spíritus detalló lo establecido para los trabajadores estatales que padezcan la enfermedad y algunas regulaciones para los cuentapropistas

Por: Mary Luz Borrego

Hasta el momento los trabajadores estatales afectados por la Covid-19, padecimiento causado por el nuevo coronavirus, y los que se encuentran en aislamiento por haber mantenido contacto con los infestados recibirán la misma garantía salarial que quienes padecen una enfermedad común.

“A estas personas se les aplica la Ley No. 105 del 2008, que contempla el pago del 50 por ciento del salario promedio durante el último año de trabajo si se encuentran hospitalizados y el 60 por ciento cuando permanecen en sus domicilios”, precisó a Escambray Idania Hernández, subdirectora que atiende esta materia en la Dirección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.

Aclaró, además, que solo en situaciones excepcionales como pudiera ser en este caso, ante un desastre sanitario y a instancias del Consejo de Defensa Nacional se aplicaría la Ley No. 116 del 2013 del Código del Trabajo para una región, provincia o municipio.

“Si eso sucediera, los trabajadores dejarían de asistir a sus centros por razones ajenas a su voluntad y recibirían durante el primer mes una garantía salarial equivalente al salario escala del cargo que ocupan. Después de ese tiempo se les pagaría el 60 por ciento de ese salario escala mientras dure la emergencia”, detalló la funcionaria.

Cuando cesan las condiciones de desastre sanitario los empleadores puede conceder licencia no retribuida o sin sueldo a aquellos trabajadores que tengan bajo su cuidado a familiares enfermos o cuiden a sus hijos mientras se crean las condiciones para su retorno a los centros educaciones.

Por otra parte, en estos momentos se realizan acciones de capacitación para evitar aglomeraciones de clientes en aquellas actividades del Trabajo por Cuenta Propia (TCP) donde existe contacto directo con el público: arrendador de viviendas, espacios y habitaciones, así como servicio gastronómico en cafeterías, restaurantes y bares, fundamentalmente.

“Esas actividades se van a seguir ejerciendo, pero con regulaciones. Cada titular tiene que buscar iniciativas para organizar sus servicios. Estamos capacitando a más de 5 630 personas. Específicamente en la actividad bar-recreación no puede funcionar en horario nocturno porque ya se han cerrado los lugares estatales y se reunirían ahí muchas personas. Pueden brindar servicio durante el día, pero no en las noches”, especificó Gustavo Alcantara, subdirector provincial que atiende el cuentapropismo en ese organismo.

“A los TCP que se encuentran afectados directa o indirectamente por el coronavirus se les aplica lo establecido: suspensión temporal de la licencia por el tiempo que dure su certificado, hasta seis meses. En estos casos se les declara sin ingresos, mantienen su patente y no se les cobra el 10 por ciento, pero sí el pago de la Seguridad Social acordado previamente. Con los trabajadores contratados se mantiene lo que esté pactado en el contrato”, explicó el ejecutivo. (Tomado de Escambray)