La propuesta se aprobó con 5 votos a favor y 2 en contra
El Consejo de Administración Legislativa (CAL) de Ecuador aprobó el viernes la solicitud de juicio político contra el presidente, Guillermo Lasso.
Así lo informó el legislador de la Asamblea Nacional (AN) de Ecuador, Ronny Aleaga Santos, a través de Twitter, quien detalló que la propuesta se aprobó con 5 votos a favor y 2 en contra.
Aleaga indicó que la solicitud de juicio político a Lasso será remitida “de forma inmediata” a la Corte Constitucional (CC) de Ecuador.
A inicios de marzo, la Comisión Especializada Ocasional por la Verdad, Justicia y la Lucha contra la Corrupción de la AN, que investiga una presunta trama de corrupción en las empresas públicas, aprobó un informe que recomendaba un juicio político contra el mandatario.
Luego el pleno del Parlamento dio el visto bueno al informe, con 104 votos a favor, 18 en contra y tres abstenciones. En la sesión, la legisladora Viviana Veloz, presidenta de la Comisión Ocasional, afirmó que Lasso habría incurrido en delitos que van en contra de la administración pública y la seguridad del Estado.
Al respecto, detalló que el juicio político sería por “la comisión por omisión”, lo que implicaría que el jefe de Estado, conociendo los actos de corrupción en las empresas públicas, habría preferido callar y no actuar. Entre las conclusiones del informe se establece la falta de acciones por parte del Ejecutivo para impedir la comisión de delitos como cohecho, peculado y concusión.
La Corte Constitucional deberá revisar la solicitud y evaluar si la infracción imputada y la tipificación jurídica son o no causales de juicio político. Si emite un dictamen en contra, el caso se archiva, pero si lo declara admisible, el expediente se devuelve al Parlamento para que lo revise nuevamente la CAL y lo remita a la Comisión de Fiscalización.
Esa instancia legislativa debe decidir si recomienda o no el juicio político. Para ello tiene un plazo de 30 días: 10 días para que el presidente ejerza su derecho a la defensa; otros 10 días para la actuación de pruebas; y 10 más para la elaboración del informe.
Con el informe, el presidente de la Asamblea Nacional convoca al pleno para llevar a cabo el enjuiciamiento. En la sesión, el mandatario tiene derecho a su defensa y para aprobar la moción de censura se deberá contar con la mayoría calificada (92 votos). (Con información de RT Español).