Ley Helms-Burton: La resistencia de Cuba

Por: Enrique Ojito Linares

El Gobierno de Estados Unidos intenta poner a la Revolución cubana contra las cuerdas y llevarla a una situación límite. Iluso. En más de 60 años, si algo han malgastado las administraciones norteamericanas han sido las agresiones.

El visto bueno dado por la Administración de Donald Trump para la aplicación total del título III de la Ley Helms-Burton a partir de este 2 de mayo constituye el ejemplo más reciente de que la Casa Blanca tiene metida entre ceja y cejaa Cuba, que por la más elemental dignidad se resiste a ser oveja de quien se cree pastor del planeta.

Ese apartado de la leyacuña la posibilidad de que nacionales estadounidenses promuevan una acción en el sistema judicial norteamericano contra personas y entidades de terceras naciones que inviertan en Cuba en propiedades nacionalizadas luego del triunfo de la Revolución el Primero de Enero de 1959.

Hay más: el título III otorga autoridad de reclamantes a cubanoamericanos que eran ciudadanos cubanos cuando las propiedades fueron nacionalizadas; lo cual se torna contradictorio con el derecho internacional.

Desde el presidente William Clinton hasta Barack Obama, los mandatarios del país norteño eludieron la aplicación total del referido acápite mediante la suspensión, prorrogada cada seis meses.

Pero, como se sabe, Donald Trump quiso ser excepción, con su mirada puesta en las elecciones del venidero año, desconociendo los daños que acarrearía esa parte de la Helms-Burton no únicamente para la Mayor de las Antillas; sino para aliados de aquella nación como la Unión Europea e, incluso para los propios Estados Unidos.

Como era de suponer, ante la extraterritorialidad de la Helms-Burton, no pocas voces en el mundo se han alzado, entre estas la jefa de la diplomacia de la Unión Europea, Federica Mogherini; la comisaria de Comercio, Cecilia Malmstrom; y la canciller canadiense, Chrystia Freeland, quienes aludieron a la variante de acudir a la Organización Mundial del Comercio.

Pero, ¿qué dictan los otros títulos de la Helms-Burton, aprobada en 1996? El primero, por ejemplo, brinda marco legal al bloqueo económico, comercial y financiero de Estados Unidos contra Cuba; establece la extraterritorialidad de dicho cerco al exigir a otros países el cumplimiento de esa legislación.

En el segundo apartado se delinea el programa tras el supuesto derrocamiento de la Revolución cubana con miras a restaurar el coloniaje en la isla. Por su parte, el título cuarto prevé sancionar a entidades cubanas y extranjeras que trafiquen con propiedades nacionalizadasque pertenecían a compañías o personas naturales estadounidenses.

En innumerables tribunas, Cuba ha reiterado que el proceso de nacionalización emprendido a raíz del triunfo revolucionario estuvo apegado a la Constitución de 1940 y a las normas internacionales.

Con la entrada en vigor de la aplicación total del apartado tercero de la Ley Helms-Burton, el Gobierno de los Estados Unidos busca, entre otros objetivos, desestimular la inversión extranjera en nuestro país, una de las alternativas impulsadas aquí para oxigenar la menguada economía cubana.

La administración de Donald Trump intenta llevar a la Revolución a una situación límite; pero se dará de narices contra nuestra terquedad de no ser ovejas de nadie. (Escambray.cu)