El Banco Central de Cuba aprobó la modificación de la licencia concedida a la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (Etecsa), con el fin de que se incremente el saldo máximo y el límite de las transacciones del monedero móvil, a través de la plataforma Transfermóvil.
Según publicó este viernes la Gaceta Oficial, la Resolución 216/2021 ratifica la autorización concedida para la habilitación del monedero móvil como parte de la operación de la plataforma Transfermóvil, asociado a la línea celular que opera en pesos cubanos, y sujeto al cumplimiento de las normas dispuestas por el Banco Central de Cuba.
Informa la norma que entre los requisitos que debe cumplir Etecsa en la habilitación del monedero móvil destacan que el saldo no excederá los 15 000 pesos cubanos y las transacciones no pueden ser mayores de 7 500 pesos cubanos.
Agrega que no se puede captar recursos de terceros mediante depósitos de efectivo. Sus salidas solo pueden ser por compras realizadas en los comercios donde esté habilitado como medio de pago la plataforma Transfermóvil, por traspasos de saldos entre monederos o por transferencias hacia cuentas bancarias, y alerta que no se permite la salida de efectivo.
Aclara que el monedero móvil recibe los fondos desde las tarjetas magnéticas asociadas a las cuentas bancarias y se deben cumplir las normas nacionales e internacionales en lo concerniente a la industria de pago con tarjetas.
Sobre la reducción del riesgo de liquidez, explican que se debe abrir cuenta en el Banco Central de Cuba, cuyo saldo debe ser igual a la sumatoria de los saldos de cada cuenta monedero; indica que el pago de los productos y servicios se realiza a través del Banco Central de Cuba utilizando el sistema de liquidación bruta en tiempo real (SLBTR), con lo que el saldo de la cuenta se mueve en proporción con las obligaciones.
En marzo del presente año, Etecsa habilitó el monedero móvil como herramienta para realizar compras y pagos de servicio en línea; así como transferir saldo del teléfono móvil y dinero de las tarjetas asociadas a cuentas bancarias al monedero.
Esta opción no permite la extracción de efectivo, pero sí operaciones como el traspaso de saldo entre monederos y las transferencias hacia cuentas bancarias. Según establecía la Resolución 116/2021 (derogada por la actual 216/2021) el saldo no podía exceder los 5 000 pesos cubanos y el monto de las transacciones no superaba los 1 500. (Agencia Cubana de Noticias).