Declaración Jurada de pago del impuesto sobre los ingresos personales: deber fiscal

Foto: Radio Sancti Spíritus.
Foto: Radio Sancti Spíritus.

Este proceso debe finalizar el 2 de mayo como fecha tope e involucra a todos los trabajadores por cuenta propia, entre otros actores sociales

Por: Enrique Ojito Linares

La actual campaña de Declaración Jurada (DJ) de pago del impuesto sobre los ingresos personales obtenidos el pasado año, iniciada el 9 de enero, lleva a cuestas una novedad: todos los trabajadores por cuenta propia, o sea, tanto los del régimen general de tributación como los del simplificado, deberán sumarse al proceso, que finalizará el venidero 2 de mayo.

¿Quiénes más están convocados a ejercer este deber fiscal? También lo están los comunicadores sociales y diseñadores, afiliados a la Asociación Cubana de Comunicadores Sociales; los artistas, creadores y personal de apoyo del sector de la Cultura, así como las personas que trabajan en sucursales extranjeras, dijo el especialista Reinaldo Hourrutiner Fernández, del Departamento de Atención al Contribuyente, de la Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) en Sancti Spíritus.

Igualmente, deberán sumarse los usufructuarios de tierras agrícolas estatales, los propietarios de tierras agrícolas, tenedores de ganado sin tierra y otros productores individuales de alimentos, incluidos los cañeros.

Otro elemento se reitera con respecto a otras campañas: para incentivar a los contribuyentes a liquidar sus cuantías tempranamente, quienes presenten la Declaración Jurada y paguen el impuesto sobre los ingresos personales antes del 28 de febrero, recibirán una bonificación fiscal del descuento del 5 por ciento del total a saldar, en consonancia con la Ley No. 113 Del Sistema Tributario.

En la actual campaña se mantiene la bonificación del 3 por ciento para aquellos que liquiden el impuesto mediante los canales electrónicos (Transfermóvil y Telebanca) y, de esa manera, contribuir al proceso de transformación digital fomentado en Cuba.

Para ser consecuentes con esa política, el Portal Tributario, de la ONAT, publicó las llamadas DJ Excel, las cuales permiten llenar las Declaraciones Juradas y calcular el impuesto sobre ingresos personales.

Ahora bien, si el trabajador por cuenta propia pertenece al régimen simplificado, y sus ingresos brutos anuales no superan los 200 000 pesos, luego de llenar el modelo, lo presenta en la oficina; pero no tiene que realizar la liquidación adicional del tributo, o sea, no paga nada.

Tal como refiere el Portal Tributario, el trabajador por cuenta propia de este régimen que emplee la DJ08 Excel, al completar todos los datos, en caso de que sus ingresos sean inferiores a 200 000 pesos, observará que se colocará automáticamente un cero en la Sección C Determinación del Impuesto a Pagar.

Este pago y el de otros tributos son esenciales para respaldar financieramente programas y políticas sociales asumidas por el Estado y Gobierno cubanos, como la educación y la asistencia médica. (Tomado de Radio Sancti Spíritus).